Lo del Constitucional va de mal en peor; la naturaleza de la institución, su carácter, se define por competencia e independencia, ambas condiciones necesarias aunque no suficientes. Además, necesita reputación, respetabilidad, credibilidad que se consigue por el ejercicio, por las sentencias más que por declaraciones. Los doce miembros del Constitucional gozan de un mandato largo …
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